MAESTRIA EN PSICOLOGIA JURIDICA Y CRIMINOLOGIA.

jueves, 25 de febrero de 2016

que defendemos, pues resulta evidente la relación causal directa entre ambos tipos de pruebas. Vemos como la doctrina de la fuente independiente acaba operando en la práctica como una verdadera fuente de excepciones a la eficacia refleja de la regla de exclusión, mediante una ampliación desmesurada del concepto de «prueba independiente». La independencia ya no se predica sólo de los casos en que exis- ta una desconexión causal sino, también, de aquellos supuestos en que aún cons- tatándose una relación causal (causa-efecto) entre ambas pruebas, la prueba lícita derivada puede calificarse de prueba jurídicamente independiente. Recientemente el TC español ha incluido entre los criterios para calificar a una prueba como «jurí- dicamente independiente» el factor temporal, esto es, el largo periodo de tiempo transcurrido entre una prueba y otra.21

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