Es importante señalar que el juicio oral en estos tiempos se ha vuelto de profunda importancia, aun para el futuro en el año del 2016 que se convierte en obligatorio en razón de la reforma del año 2008, por lo que es necesario señalar la importancia que tiene el argumento jurídico de forma oral, tal y como nos plantean diferentes autores, entre ellos IVAN ESCOTA MORA (1), el derecho como saber humano implica, en sentido practico, en dos aspectos: la creación de normas jurídicas (normas de derecho ) y la aplicación de esas normas, tanto en la creación del derecho como en su administración opera un proceso de justificación que corresponde ha circunstancia materiales definidas así existen, justificaciones especificas que sustentan la actividad legislativa y también justificaciones que permiten a los órganos de administración de justicia enderezar argumentos en este o en aquel sentido.
Por cuanto hace a la actividad parlamentaria debe señalarse que en algunas épocas han sido prohibidas o censuradas y en otras admitidas e incluso aplaudidas, durante la colonia en la nueva España los terratenientes surtían a los esclavos de hoja de coca y aguardiente para que soportaran entre gases tóxicos obscuridad y humedad las extenuantes jornadas de explotación minera. anestesiada la conciencia de los mineros indígenas, eran capaces de emprender tareas inhumanas que en pocos años los llevaban al sepulcro.
En la colonia el uso de la hoja de coca era motivo de fortísimos ingresos, luego, al observar que generaba enajenación y con ello deficiencia productiva fue prohibida sin reparo y perseguido su caso.
La legislación cambia de razones y justificaciones en relación a circunstancias de orden económico y político. Al ganar la revolución Mexicana, el conglomerado social integrado por obreros y campesinos llego al poder y con ellos un grupo de hombres preocupados por salvaguardar los intereses de sus congéneres y se construyo el contenido del articulo 123 del Pacto Federal bajo los argumentos del mas alto nivel social.
Desde 1917, en términos generales, el trabajo es un derecho y un deber social, tiene por finalidad, no el comercio usurero de la mano de obra ni la acumulación en pocos puños, sino el desarrollo de las libertades del hombre, la dignidad, la vida, la salud y el bienestar social. Hoy esas intenciones se han descalabrado, los buenos deseos quedaron en bancarrota frente a una realidad naufragante.
El Estado no genera empleos suficientes, las condiciones económicas castigan la creación de empresas, solo emporios trasnacionales, beneficiarios de las políticas de concentración y monopolio legitimado son capaces de subsistir al amparo de gruesos recursos oficiales derramados a favor de unas cuantas corporaciones receptoras del gasto público.
Pocas industrias, pero enriquecidas a escala planetaria, deciden las políticas laborales a capricho, al margen de la legislación laboral, por encima de ella. El sector empresarial fija el precio del trabajo, ejecuta los despidos e incrementa las horas laborales tras el discurso de la amenaza: Quien no esta dispuesto a satisfacer las exigencias del mercado, es separado de su empleo sin remordimiento, un ejercito de obreros se encuentra a la espera de un ingreso aunque se exiguo.
1 Ivan Escoto Mora, El impacto de la argumentación jurídica, Editorial Ubijus.