MAESTRIA EN PSICOLOGIA JURIDICA Y CRIMINOLOGIA.

lunes, 8 de octubre de 2007

ES LO QUE DIJO Y HASTA AHORA

En el estado de Veracruz…Urgente, reforma integral a la justicia penal


En el estado de Veracruz…Urgente, reforma integral a la justicia penal




02 de junio de 2006

Comunicado 546
* Hay que buscar nuevas formas de tener justicia, que busque introducir una tramitación de los asuntos penales más ágil y expedita en beneficio de lo veracruzanos como los Juicios Orales: René Poblete
* En el marco del Segundo encuentro Internacional del Mar
Coatzacoalcos, ver.- En México no se puede aspirar a una sociedad equitativa y solidaria, tanto en sus mujeres como en sus hombres, si el Sistema de Justicia Penal funciona con opacidad y lentitud; se necesita de una reforma integral que tome en cuenta las necesidades de las víctimas y de los inculpados, que propicie una justicia penal con salidas alternas que no impliquen necesariamente la celebración de un juicio, que permita no sólo la reparación de los daños sino una efectiva solución a todos los problemas generados con motivo de la comisión de un delito, señaló Mónica Robles de Hillman, Presidenta del DIF Municipal, en la inauguración del Foro “Juicios Orales: una alternativa a la trampa de papeles”.
Ante un auditorio ávido por dialogar y conocer más acerca de la propuesta de los juicios orales, como un esfuerzo por lograr una impartición de justicia más equitativa, el Magistrado René Poblete Dolores, Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, hizo énfasis en que se debe cambiar a éstos porque los procesos actuales no han podido evitar la impunidad, por ello hay que buscar nuevas formas de tener justicia, que busque introducir una tramitación de los asuntos penales más ágil y expedita en beneficio de lo veracruzanos.
En su conferencia “Costos para la competitividad, costos de no reformar”, Rodrigo Callejas del Instituto Mexicano para la Competitividad mencionó que el actual sistema penal repercute en la competitividad del país; la inseguridad en la nación tiene un costo del 15 por ciento, más de lo que se recauda, todo ello se debe a que a la incredibilidad e ineficiencia absoluta de las autoridades.
Se requiere un sistema integral que incluya mejorar el desempeño de la policía, las investigaciones científicas, que de cabida a los juicios orales, lo que conllevaría a un mejoramiento de la educación, la economía y reduciría los crímenes, siendo que a la fecha el crimen es un negocio en México.
Asimismo, mediante una muy ingeniosa charla, Joahana del Río de ProDerecho y la socióloga Rafaela Herrera del USAID, mostraron como se adaptaría el nuevo proceso penal en México, así como la transcendencia de retomar los Juicios Orales como una forma de garantizar con transparencia la procuración e impartición de la justicia.
Con esa singularidad propia de Rafaela Herrera, comparó el sistema inquisidor existente en Chile hace casi 100 años con el del México actual, mitad transparente y aún mitad inquisidor; también comentó con Joahana de los principales retos del nuevo Sistema Justo Penal (adversarial), donde hay que modificar desde el juez, la defensa, hasta los policías, siendo de suma importancia las salidas alternas, que en otros países no se dieron.
Por su parte, ante un público compuesto por magistrados, jueces, abogados y sociedad civil, el embajador de Chile, Eduardo Aninat Ureta, explicó el nuevo proceso penal en Chile, siendo los cambios más sobresalientes, el proceso de inicio desde cero, sin expedientes del sistema antiguo; la capacitación del personal hacia esta nueva modo de justicia y la infraestructura de los juzgados.

Dentro de la segunda parte del foro, se llevó a cabo la mesa de discusión “la experiencia estatal” conformada por Herlindo Mendoza Díaz de León, Juez de Juicio Oral del Estado de Nuevo León; Rafael Quintana Ruiz, Presidente de la Comisión de Justicia del Congreso de Chihuahua y Ernesto López Saure de la procuraduría de Justicia de Oaxaca, las tres entidades pioneras con avances significativos en retomar los Juicios Orales y la modificación de su sistema penal.
Para dar clausura a gran trascendente espacio de dialogo, el Gobernador de Veracruz, Fidel Herrera Beltrán, dijo que la reforma a la ley judicial es el siguiente paso a hacerse en Veracruz, “se aprovecharán las experiencias de los Nuevo León, Chihuahua y de Oaxaca para algunos delitos que no son de carácter grave, que no son dolosos puedan ser arregladas en el sitio dónde se comenten, ante la autoridad inmediata y de ser posibles no sujetos a juicios, si puede haber la mediación y se arreglan las partes, no hay por qué poner gastos al estado, al menos a través de los juicios”.
Durante la realización del foro que tuvo lugar en el Teatro de la Ciudad, dentro del tercer día de actividades del Segundo Encuentro del Mar, se presentó el video “El Túnel” que muestra las grandes deficiencias e irregularidades existentes en el actual sistema penal del país y en particular, el caso de un joven encarcelado sin culpa alguna y todas las irregularidades en su proceso penal, así como se hizo un simulacro de un Juicio Oral con verdaderos peritos del Estado de Veracruz.
Cabe destacar la importante participación del Jefe de la Oficina del Programa de Gobierno del Estado, Dionisio Pérez Jácome, como moderador de los diferentes especialistas en el marco jurídico y los derechos humanos.

domingo, 7 de octubre de 2007

INTERROGATORIO EN LOS JUICIOS ORALES

El interrogatorio en debate
El interrogatorio en debate
A-PREGUNTAS ABIERTAS
Permite al testigo brindar un relato en forma general,sin obligarlo a puntualizar o enfocarse hacia un detalle especifico.
Ej.Recuerda Ud que sucedio al llegar al bar el Cofre?
Permite al juzgador analizar el grado de credibilidad por el conocimiento que tiene de los hechos y su espontaneidad al referirse a detalles de trascendencia al analizar el fondo del asunto.
El interrogatorio en debate
B-PREGUNTAS CERRADAS
Focalizan la deposicion del testigo en aspectos muy especificos del relato, mismos que son esenciales para la parte que lo propuso. Permiten respuestas especificas y concretas.
EJ.Recuerda el color del auto involucrado en el atropello? / Aparte de usted, alguien mas resulto lesionado ese dia?
Preguntas objetables y no objetables
OBJETABLES
¿Derramo usted la bebida?
¿Abrió usted la puerta?
¿Llego Fulanita al medio día?
¿Arremetió el imputado inmediatamente contra usted?
¿ Fue Jose quien disparo contra la victima?
NO OBJETABLES
¿Qué le sucedió a usted?
¿Qué hizo usted?
¿ A que hora llego Fulanita?
¿Cuál fue la conducta del imputado en ese momento?
¿Quién disparo contra la victima?
RECOMENDACIONES PARA EL INTERROGATORIO
Utilizar lenguaje claro y sencillo
Sobre el interrogatorio
Utilice lenguaje sencillo
Organice sus preguntas según una secuencia lógica
El más utilizado es el método cronológico

Obtenga primero aspectos de descripción de la escena y la acción antes del hecho delictivo
Luego obtenga descripciones generales relacionadas con la acción
Precise la acción y su autor
Controle el desarrollo del testimonio
No haga preguntas prohibidas
Seleccione el tipo de preguntas según el testigo
Deje que el testigo explique
No oculte las debilidades de su testigo


Resalte las fortalezas de su testigo
Acredite su testimonio
Interrelacione su testimonio con las otras pruebas
No limite el dramatismo natural
Ser concretos, a efectos de focalizar la atencion del juez en los puntos esenciales de nuestra teoria del caso.
Escuchar al testigo con atencion, estar alerta para resaltar o profundizar en aspectos medulares mencionados espontaneamente.
Mencionar debilidades del testigo.Ej Problemas auditivos,dificultad para expresarse.etc
Enfocarse en un listado de preguntas redactado de previo y perderse extremos esenciales de la declaracion del testigo.
Utilizar si es del caso, apoyo grafico, mapas etc.

LO MINIMO DE LOS JUICIOS ORALES

CONDICIONES MÍNIMAS QUE COMPRENDE UN SISTEMA DE JUICIOS ORALES EN MATERIA PENAL


1. El proceso debe tener como base la celebración de una audiencia pública presidida por uno o varios Jueces; en la audiencia se desahogan ininterrumpidamente todas las pruebas, en presencia del Ministerio Público, de victimas y acusados, y defensores de ambos.

2. La averiguación previa al juicio, debe ser dirigida por un Juez diferente al del juicio; además, la averiguación debe ser abierta y pública, salvo en casos de moral o seguridad pública.

3. Que víctimas y acusados puedan no sólo conocer las pruebas que maneje el Ministerio Público respectivo, sino que, también puedan aportar las que apoyan su posición.

4. El Juez es quien debe valorar cada prueba en la audiencia pública del juicio que presida y no el Ministerio Público durante la averiguación previa.

5. Proveer al acusado, desde el inicio del proceso, asesoría de abogado defensor y que no sea incomunicado, ni torturado.

6. Separar las funciones de los agentes del Ministerio Público encargados de la custodia del acusado, de las de los responsables de la averiguación previa y de la parte acusadora en el juicio.

7. Derechos de la víctima en: a) participar con abogado debidamente acreditado propio o de oficio; b) conocer el o los delitos de que se le acusan; c) conocer las pruebas que tengan en el asunto; d) aportar pruebas, a cargo del erario público, con aprobación judicial; y e) participar en la determinación de los daños y perjuicios.

8. Contar con medios alternativos de terminación de los procesos penales para los delitos menores y sin violencia, como los de admisión de culpabilidad con acuerdos reparatorios, con participación de abogados de las partes y supervisión judicial.

9. La prisión preventiva debe ser una excepción; sólo para casos de peligrosidad para la víctima o la sociedad, riesgo de evasión o como condición para evitar que se afecte la debida integración del proceso.

10. La sentencia del o de los jueces debe ser dictada al finalizar la audiencia del juicio o, en supuestos de gran complicación, en el día o días siguientes a dicha audiencia; debe ser pública y oral, razonando la valoración de las pruebas y fundando en derecho su resolución.

11. En apelación sólo se revisarán los puntos que versan sobre los fundamentos y los motivos de las sentencias.